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Trabajadores sindicalizados y los que no lo son están situados en un plano desigual

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La percepción de beneficios convencionales que deriva de la calidad de sindicalizado y que, en cierto momento, pueda generar diferencias remuneratorias en relación con trabajadores no asociados no constituye, para la Corte Suprema de Justicia, un trato discriminatorio injustificable, pues unos y otros, desde el punto de vista jurídico, están situados en un plano desigual.

Trabajador con salario a destajo tiene los mismos derechos laborales que un trabajador con salario fijo

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Dentro de la legislación laboral no existe la figura de contrato laboral a destajo, sino la modalidad de salario a destajo o por tarea, que es una de las formas de salario variable, de acuerdo con lo previsto en el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo.

En este evento, precisó el Ministerio del Trabajo, los trabajadores con salario a destajo tienen los mismos derechos laborales que los trabajadores con salario fijo.

Ley de Acoso Laboral no aplica a pasantes, ni a aprendices

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La Ley 1010 del 2006 (Ley de Acoso Laboral) no aplica a los pasantes ni para el contrato de aprendizaje, ya que se limita a las relaciones de carácter laboral, es decir, aquellas basadas en un contrato de trabajo.

Por lo tanto, precisó el Ministerio de Trabajo, su aplicación no se dirige a aquellas relaciones que emanan de una actividad formativa desarrollada por un estudiante de programas de formación complementaria, como requisito para culminar estudios u obtener un título que lo acredite para el desempeño laboral, como son las prácticas laborales.

Empleador debe conceder un día semestral para compartir con la familia

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La Ley 1857 del 2017, sobre medidas de protección de la familia, indica que el empleador está obligado a conceder un día semestral de la jornada laboral para dedicar a la familia, cuyo incumplimiento, tratándose de una norma laboral, puede acarrear sanciones pecuniarias, en los términos del artículo 486 del Código Sustantivo del Trabajo.

La implementación de la jornada laboral dedicada a la familia, cuyo fin es fortalecer y garantizar su desarrollo integral, se puede cumplir de tres formas:

SG-SST: ¿Cómo implementar los Estándares Mínimos?

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Mediante la Resolución 0312 de 2019, el Ministerio del Trabajo replanteó los Estándares Mínimos para dar cumplimiento al Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), con el objetivo de establecer normas que brinden la posibilidad de adaptarse a la necesidad y condición particular de cada empleador, y garantizar el cumplimiento de los niveles mínimos de los trabajadores colombianos. Conozca todos los ajustes, los nuevos plazos y cuántos estándares le corresponden cumplir de cara a la norma vigente.

¿Acuerdos en los que se establecen beneficios adicionales para los trabajadores requieren solemnidad?

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La Corte Suprema de Justicia recordó que nada se opone a que los trabajadores, bien sea por sí mismos o representados por la organización sindical a la cual pertenecen, celebren acuerdos con los empleadores tendientes a regular diversas situaciones laborales y tampoco puede haber ilicitud en cuanto con ellos se superen los mínimos derechos legales o inclusive convencionales.

¿Cuál es la consecuencia para el empleador omiso de afiliar a sus trabajadores en pensiones?

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La consecuencia para el empleador omiso de afiliar a sus trabajadores o en caso de una afiliación tardía, a la luz del artículo 9º de la Ley 797 del 2003, que modificó el artículo 33 de la Ley 100 de 1993, no es otra que pagar el capital correspondiente al tiempo dejado de cotizar necesario para financiar la pensión por vejez.

“Debe responder con el traslado a la entidad pensional del valor del cálculo actuarial liquidado en la forma indicada por el Decreto 1887 de 1994, a satisfacción de la entidad que recibe”, agrega el fallo.

Corte aclara cuáles son las semanas requeridas para acceder a licencia de paternidad

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La Corte Constitucional determinó que exigir por lo menos dos semanas como requisito mínimo de cotización para acceder al reconocimiento y pago de la licencia de paternidad es razonable y proporcional de acuerdo a su jurisprudencia y maximiza la protección de los derechos fundamentales del trabajador, la madre lactante y su hijo recién nacido, sin poner en riesgo el equilibrio económico del sistema de seguridad social.

Con información de www.legismovil.com
Corte Constitucional

 

Precisan reconocimiento de indemnización de perjuicios por accidentes laborales

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La responsabilidad por culpa comprobada del empleador en la ocurrencia del siniestro profesional no desaparece porque el trabajador también haya actuado con culpa. Así lo enfatiza una providencia reciente de una de las salas de descongestión de la Corte Suprema de Justicia luego de explicar que en el empleador, incluso si es una empresa de servicios temporales, radica exclusivamente la indemnización total y ordinaria de perjuicios, sin que prevea una reducción de la misma por una eventual concurrencia de culpa de la víctima.

Actualización normativa, análisis de estado y gestión de SG-SST

Memorias de eventos/Srategy Day

    Consulte la presentación de la conferencia

Consulte la Resolución 0312

Los estándares mínimos pueden definirse como el conjunto de normas, procedimientos y requisitos de obligatorio cumplimiento, mediante los cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica; de suficiencia patrimonial y financiera; y de capacidad técnico-administrativa, indispensables para el funcionamiento, ejercicio y desarrollo de actividades en el Sistema General de Riesgos Laborales.

La nueva resolución aplica para todos los que tienen la obligación de implementar el SG-SST, es decir, todos los que tengan empleados y/o manejen una relación civil, administrativa y comercial. Estos son:

  • Empleadores públicos y privados.
  • Trabajadores dependientes e independientes.
  • Contratantes (civil, administrativo y comercial).
  • Organizaciones de economía solidaria.
  • Organizaciones del Sector Cooperativo.
  • Agremiaciones o asociaciones que afilian trabajadores a las ARL.
  • Empresas de Servicios Temporales.
  • Estudiantes afiliados al SGRL.
  • Trabajadores en misión.
  • Administradoras de riesgos laborales.
  • Policía Nacional en lo que corresponde a su personal no uniformado.
  • Personal civil de las fuerzas militares.
sds gsst pequeña

 

De acuerdo con el Ministerio del Trabajo, la normativa obedece a la necesidad de reconocer que el sector productivo y generador de empleo tiene características diferentes, propias de cada actividad.

Cabe destacar que, según la cartera, la modificación establecida propone un sistema de gestión ajustado al tamaño y la capacidad de cada una de las empresas, clasificándolas por rangos de empleados, así: empresas con 10 o menos trabajadores, las que cuentan con 11 a 50 trabajadores y, por último, empresas con más de 50 trabajadores.

Con la reglamentación anterior todas las empresas debían cumplir con 62 estándares mínimos, mientras que con la nueva norma las empresas de menos de 10 trabajadores solamente deben cumplir con 7 estándares; las de 11 a 50, con 21, y las unidades agropecuarias tendrán tres requerimientos.

Por ejemplo, para las de menos de 10 trabajadores con riesgo I, II y II establece: asignación de personas que diseñan el sistema de gestión de SST; afiliación al sistema; capacitación en SST; plan anual de trabajo; evaluaciones médicas ocupacionales; identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos; medidas de prevención y control frente al peligro/riesgos identificados. Con las nuevas disposiciones se deroga la Resolución 1111 del 2017.

Para las empresas de 11 a 50 trabajadores y unidades de producción agropecuaria de iguales características, se establece: Capacitación sobre seguridad y salud en el trabajo, fomento de estilos de trabajo y de vida saludables (de acuerdo con los perfiles epidemiológicos de las empresas), formulación de la política y elaboración del plan anual de trabajo, identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos según la actividad económica, definición de prioridades de intervención y medidas de control, y desarrollo de actividades de promoción y prevención.

Esta última comprende la conformación de la brigada de emergencias, COPASST y Comité de Convivencia Laboral; formulación del plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias; reporte e investigación de accidentes, incidentes y enfermedades laborales; medición y evaluación de gestión; y recomendaciones al plan de mejora conforme a la evaluación de los estándares mínimos.

Las autoevaluaciones de estándares mínimos realizadas por las empresas en los años 2017 y 2018 (con sus respectivos planes de mejoramiento) deberán ser conservadas por las empresas; a partir de diciembre de 2019, tanto la autoevaluación como los planes de mejoramiento deberán ser remitidos a las ARL y desde diciembre de 2020 esta información deberá registrarse en aplicativo definido por el Ministerio de Trabajo.

Sanciones

La Ley 1610 de 2013 otorgó a los inspectores de trabajo y seguridad social la competencia para clausurar el lugar de trabajo y paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas por inobservancia de la normativa de prevención de riesgos laborales, de concurrir grave o inminente para seguridad o salud de los trabajadores.

Los criterios de graduación de las multas se dan por:

  • La reincidencia en la comisión de la infracción.
  • La resistencia, negativa u obstrucción a la acción investigadora o de supervisión por parte del Ministerio de Trabajo.
  • La utilización de medios fraudulentos o de persona interpuesta para ocultar la infracción o sus efectos.
  • El grado de prudencia y diligencia con que se hayan atendido los deberes o se hayan aplicado las normas legales pertinentes.
  • El reconocimiento o aceptación expresa de la infracción, antes del decreto de pruebas.
  • Daño o peligro generado a los intereses jurídicos tutelados.
  • La ausencia o deficiencia de las actividades de promoción y prevención.
  • El beneficio económico obtenido por el infractor para sí o a favor de tercero.
  • La proporcionalidad y razonabilidad conforme al número de trabajadores y el valor de los activos de la empresa.
  • El incumplimiento de los correctivos y resonaciones en las actividades de promoción y prevención por parte de a ARL o en Ministerio de Trabajo.
  • La muerte del trabajador.
Tabla

 

Fecha del evento
Palabras clave
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