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Si no hay un mínimo de certeza sobre la titularidad del derecho reclamado la tutela es improcedente

Enviado por luis.lopez_editor el Lun, 08/05/2023 - 14:33
Debe preferirse el mecanismo judicial ordinario idóneo para resolver una controversia pensional que requiera de un debate probatorio exhaustivo y amplio: Corte Constitucional.
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