Las partes pueden pactar la jornada laboral de lunes a viernes, ampliando hasta dos horas diarias
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En Colombia existen varios tipos de jornada laboral, la de común acuerdo entre las partes, jornada máxima legal, jornada laboral por turnos de trabajo y jornada flexible. El artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo permite que las 48 horas de la jornada laboral semanal se repartan de lunes a viernes, ampliando hasta por dos horas diarias la jornada laboral.